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    "El vuelto de La Bancaria": Denuncian penalmente a un patovica de Cisneros por coacción y amenazas contra las hijas de un periodista

    El director de un conocido diario digital provincial presentó una denuncia penal contra Federico Petraglia, el "operador de campo" y testaferro del diputado nacional Carlos Cisneros. El periodista fue abordado por un patovica de La Bancaria frente a sus dos hijas -una menor de edad- en un supermercado de Barrio Norte en San Miguel de Tucumán. De acuerdo con el escrito judicial, Petraglia —llamado a indagatoria por la Justicia Federal por trata de personas para la próxima semana— interceptó al periodista en presencia de sus dos hijas y lo intimidó. Después, mientras hacía la cola para pagar, Petraglia se quedó parado durante varios minutos frente a la caja y se mantuvo intimidante mirando fijamente a las jóvenes en un evidente intento por generar temor. El denunciante solicitó como medidas urgentes la protección de sus hijas y la obtención de las imágenes de las cámaras de seguridad del supermercado. Interviene la Unidad Fiscal de Decisión Temprana bajo el legajo S-078134/2026.
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    La Corte rechazó y destrozó la queja presentada por los abogados cisneristas de Luli Parache y dejó firme el sobreseimiento de los exjugadores de Vélez

    En un fallo aplastante que pulveriza las pretensiones de la querella y desnuda la absoluta inoperancia técnica de los letrados Juan Andrés Robles y José César Díaz, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán desestimó el recurso de queja y dejó blindado de manera definitiva el sobreseimiento por la falsa denuncia contra los futbolistas Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín. El máximo tribunal provincial liquidó uno a uno los planteos de la acusación privada, confirmando que la jueza de Impugnación actuó dentro de sus plenas facultades al evaluar la admisibilidad y que los abogados querellantes incurrieron en una falencia insalvable al reiterar escritos anteriores sin formular una crítica concreta contra el auto denegatorio. Asimismo, la sentencia ratificó que la invocación de la perspectiva de género y de la Convención de Belém do Pará no constituye un salvoconducto para destruir la presunción de inocencia, alterar la carga probatoria o forzar un juicio oral cuando las evidencias científicas y digitales desmienten categóricamente la hipótesis incriminatoria. Con esta resolución, la Corte enterró además las infundadas alegaciones sobre "doctrina contradictoria" y "gravedad institucional", dejando a la estructura política y jurídica al mando del diputado Carlos Cisneros acorralada en el fuero federal por la fabricación de una falsa denuncia extorsiva.