Casación dejó firme el procesamiento de Vanina Biasi por publicaciones contra la comunidad judía
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el procesamiento de Vanina Biasi, legisladora porteña electa por el Frente de Izquierda y exdiputada nacional, en una causa por incitación a la discriminación a raíz de mensajes publicados en la red social X con expresiones ofensivas hacia la comunidad judía.
El tribunal, con votos de los jueces Mariano Borinsky y Juan Gemignani, declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa y ratificó lo dispuesto en primera y segunda instancia. Según señalaron, la decisión no constituye una sentencia definitiva, pero mantiene firme la acusación y permite avanzar hacia un eventual juicio oral.
Los mensajes que derivaron en la causa
La investigación comenzó tras una denuncia del fiscal Carlos Stornelli y la posterior adhesión de la DAIA como querellante. En su cuenta oficial @vaninabiasi, la dirigente publicó entre fines de 2023 y principios de 2024 mensajes con expresiones como «el estado sionista es nazi por sus prácticas y su ideología», «Sionismo es genocidio» y «Los nazis sionistas necesitan destruir la ayuda humanitaria de la UNRWA para que el exterminio se acelere».
El juez Daniel Rafecas ya había sostenido en abril que las críticas a un Estado están protegidas por la libertad de expresión, pero no lo están aquellas que incitan al odio o a la persecución de comunidades específicas. La Cámara Federal coincidió en que los términos utilizados excedieron el marco de una crítica política legítima.
Qué implica el fallo
La confirmación del procesamiento se enmarca en el artículo 3 de la ley 23.592, que prevé penas de uno a tres años de prisión para quienes inciten a la discriminación. Si bien no es una condena, deja abierta la posibilidad de que el caso avance hacia un juicio oral. Biasi, de 51 años, resultó electa legisladora porteña en mayo pasado y forma parte del FIT-U.
Un intento de recusación rechazado
La defensa de Biasi también había intentado apartar al juez Borinsky alegando vínculos con autoridades de la DAIA y con la periodista Romina Manguel, también querellante en el expediente. La Sala III rechazó ese planteo por falta de fundamentos concretos y advirtió que la recusación de un magistrado es un acto de trascendencia institucional que requiere pruebas claras de pérdida de imparcialidad.
Fuente: /Vove Tucuman

